jueves, 3 de marzo de 2011

Según la UCE, los contratos de compraventa de casas tienen cláusulas abusivas

La Unión de Consumidores de España (UCE) realizó un estudio sobre cómo son los contratos de compraventa que realizan los vendedores de pisos (promotores, intermediarios o entidades financieras) y llegó a una sonrojante conclusión: alrededor del 75% de los contratos de casas de precio libre incluyen cláusulas abusivas.
Por esta razón, la compra de vivienda, además de ser la inversión más importante que realizan las familias, con demasiada frecuencia termina convirtiéndose en un dolor de cabeza.
Los autores del informe sostienen que son abusivas todas aquellas cláusulas o condiciones que no han sido negociadas entre ambas partes. La UCE destaca como una de las prácticas abusivas más corrientes la imposición que suele hacer el vendedor al comprador para que este último se subrogue al préstamo concedido al promotor o la penalización con gastos extras si no lo hace. Esta cláusula suele ser una de las que denuncian los hogares en las aproximadamente 1.500 reclamaciones que recibe al año esta asociación relacionadas con irregularidades en la compraventa de pisos.
Y es abusiva precisamente porque impone al comprador unos plazos y tipos de interés por la hipoteca que no han sido negociados por él. Además, su oposición a subrogarse a ese crédito suele llevar aparejado elevados gastos que terminan por forzar la subrogación.
Pero resulta que hay muchos tipos de cláusulas abusivas. Algunas lo son por el carácter desproporcionado que existe entre los derechos y obligaciones que se establecen para el vendedor y los del comprador. Así, es frecuente encontrarse también con pérdidas de las cantidades entregadas a cuenta, retrasos impuestos o cambios decididos unilateralmente por el vendedor en las calidades del inmueble. Los responsables de la asociación animan a todos los ciudadanos a denunciar estas prácticas, ya que, según sus cálculos, en el 90% de los procesos judiciales abiertos por esta clase de conflictos, los tribunales terminan dando la razón a los compradores. De ahí que defiendan las tres clases de contratos tipo elaborados por la UCE como modelo a seguir.
(fuente: Cincodias.com)

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